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Nuestra vocación de siempre ha sido la defensa del contribuyente en todo tipo de asuntos de naturaleza fiscal.
A modo de ejemplo, llevamos, entre otros, los siguientes tipos de asuntos.-
1.- Liquidaciones y sanciones derivadas de actas de inspección. IRPF, IVA, IS, IP, etc.
La casuística es muy variada. Ganancias no justificadas de patrimonio (Por ejemplo: descubrimiento de fondos en el extranjero, transferencias internacionales “extrañas”, transferencias de familiares acaudalados sin justificación aparente), levantamiento de velo de sociedades (imputándose las rentas a los socios/administradores), simulaciones de actividades económicas (por ejemplo, empresarios dados de alta en módulos), otros contratos simulados).
2.- Comprobaciones de valores y tasaciones periciales contradictorias.
3.- Derivaciones de responsabilidad. Impugnación de procedimientos ejecutivos.
4.- Impugnaciones de valores de catastrales.
5.- Liquidaciones de sucesiones y donaciones.
6.- Reclamaciones de derivación de responsabilidad a las administraciones tributarias por incumplimiento de la normativa comunitaria.
7.- Procedimientos contra liquidaciones por presumir que una vivienda está habitada, también por lo contrario.
8.- Procedimientos extraordinarios de revisión.
9.- Pleitos por problemas surgidos por no haberse descargado bien las notificaciones on line, o porque no se publicó la liquidación por boletín.
10.- Sanciones de todo tipo.
11.- Facturas presentadas por entidades radicadas en paraísos fiscales. no aceptadas como deducibles por no justificarse los servicios.
Si tiene algún problema fiscal. Le animamos a que se pongan en contacto con nosotros.
Trabajamos en toda España principalmente en la Provincia de Málaga (Marbella, Ronda, Antequera, Benalmádena, Coín, Torremolinos, Benahavis, etc.) y Campo de Gibraltar (La Línea de la Concepción, Algeciras, Gibraltar, San Roque, Los Barrios, etc.).
Noticias
Si tiene problemas con Hacienda o cualquier otra administración tributaria y se siente perdido, nosotros podemos ayudarle. Así venimos haciéndolo con nuestros clientes desde 1999 con resultados muy positivos.
Por nuestra condición de abogados, tenemos una visión global de toda la problemática fiscal dado que hemos actuado tanto a nivel judicial (Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y Juzgado de lo Contencioso) como Administrativo (TEAR, TEAC, etc).
Por lo tanto, podemos ofrecer un servicio más amplio, asumiendo la defensa en todo momento, que la que tienen otros profesionales que no intervienen en este tipo de procesos de forma habitual o, tal vez, no acuden a la vía judicial de forma habitual. De hecho, entre nuestros clientes se encuentran muchas gestorías, asesorías, etc. Todos grandes profesionales, que nos subcontratan para ayudarles a solucionar aquellos asuntos que se han complicado.
Además, asesoramos al cliente en todos los pasos a seguir para garantizar o aplazar el pago de las deudas que tenga que asumir derivados de un proceso de comprobación tributaria. Esta es una cuestión muy compleja en la que nosotros acumulamos una gran experiencia, extremando las precauciones para evitar perjuicios irreparables en la ejecución del acto y abusos por parte de la Administración.
Llevamos todo tipo de asuntos de naturaleza fiscal, entre otros:
Delitos contra la Hacienda Pública.
Inspecciones de Tributos.
Procedimientos de gestión tributaria.
Procedimientos de recaudación.
Reclamaciones económico administrativas.
Procedimientos extraordinarios de revisión, etc.
Nuestra experiencia es muy variada en la defensa de todo tipo de asuntos fiscales: IRPF, IS, IVA, IIEE, Tasas y precios públicos, ISD, ITP/AJD, comprobaciones de valores, Plusvalía Municipal, reclamaciones al Catastro, IBI, etc.
A modo de ejemplo, en materia de IRPF e IS, llevamos con cierta asiduidad este tipo de supuestos:
Operaciones vinculadas. Por ejemplo: préstamos, uso por los administradores / dueños de vehículos, viviendas, etc. Deducción de servicios profesionales realizados por socios, etc.
Operaciones con paraísos fiscales: Deducibilidad de facturas realizadas por empresas radicadas en paraísos fiscales.
Ganancias no justificadas de patrimonio: Fiscalidad de ingresos en efectivo en cuenta, justificación de transferencias internacionales, retiradas de fondos por administradores, etc.
Daciones en pago de deudas que generan fuertes ganancias patrimoniales.
Reconocimiento de exenciones, beneficios fiscales.
Etc.
En conclusión. Si tiene problemas fiscales le animamos a que se ponga en contacto con nosotros. Estamos seguros que siempre podremos darle un buen consejo. Analizamos el caso sin compromiso. Antes de darse por vencido, le recomendamos que se permita que analicemos su caso y le digamos las posibilidades reales de éxito que tiene y si Hacienda tiene o no razón.
Impuestos, Noticias
En las siguientes líneas queremos aportar nuestro granito de arena para tratar de arrojar luz acerca de una información pública aparecida recientemente que indicaría que la AEAT gana la mayor parte de los litigios que mantiene con el contribuyente. Concretamente, se ha dicho en prensa que, según las estimaciones de la Agencia Tributaria, “el Fisco gana el 67{34bef30b175b506d959894d17b5d9edafc9f6eff2267bca2a764efe98c900c7c} de los litigios al contribuyente” (noticia web de abc, aquí)
Según se indica en el artículo, en lo que se refiere al Orden Contencioso Administrativo, el director de la Agencia Tributaria habría desvelado que la Administración ganó el 67{34bef30b175b506d959894d17b5d9edafc9f6eff2267bca2a764efe98c900c7c} de los litigios tributarios al contribuyente en 2017 por la vía contencioso administrativa, un porcentaje que ha crecido respecto el 56{34bef30b175b506d959894d17b5d9edafc9f6eff2267bca2a764efe98c900c7c} que suponía en 2015.”
Entendemos que esta noticia tergiversa la realidad, porque, en materia tributaria, con anterioridad a la vía contencioso administrativa, es preciso acudir a la vía económico administrativa (TEAR y TEAC) que ya, de por sí, supone un filtro muy importante, en el que infinidad de casos son resueltos sin necesidad de tener que ir a juicio. Por lo tanto, quizás sería más justo decir que, en los casos más dudosos que precisan ir a Juicio, a Hacienda le dan la razón el 67{34bef30b175b506d959894d17b5d9edafc9f6eff2267bca2a764efe98c900c7c} de las veces y que luego habrá muchos casos que se han estimado total o parcialmente previamente sin que sea necesario acudir a la vía judicial.
También es cierto que podrá argumentarse que habrá otros casos en los que el administrado optó por no continuar por entender que su asunto no tenía visos de poder ser ganado pero ello no hace más que confirmar que la estadística no es útil para saber la realidad y que no puede ser fiable para calcular las posibilidades reales de éxito porque no se nos dan las estadísticas apropiadas. Lo más justo sería que nos dijeran que porcentaje de éxito se tiene de ganar cuando alguien actúa debidamente asesorado. Habrá que ver caso por caso.
Quizás la mejor manera de interpretar la noticia es que muy probablemente aquellos contribuyentes que han iniciado un procedimiento contra una liquidación de Hacienda, si están bien asesorados y su caso tiene posibilidades de ganarse, muy probablemente, tendrá un alto porcentaje de posibilidades de que su asunto sea total o parcialmente estimado en via económico administrativa y si, allí no le dan la razón, en la contencioso administrativa, donde parece que se da la razón al justiciable en el 33{34bef30b175b506d959894d17b5d9edafc9f6eff2267bca2a764efe98c900c7c} de los casos que no pudieron resolverse antes.
Nuestro consejo como siempre es que, antes de darse por vencido, pida consejo a un especialista y siempre procure defenderse con todas la armas que le facilita el Estado de Derecho.
Noticias
Comenzamos el año con energías renovadas con la esperanza de poder seguir haciendo el trabajo que nos gusta: la defensa del Contribuyente frente Hacienda y otras Administraciones Tributarias.
Como siempre decimos: antes de rendirse procure defenderse lo mejor posible con las armas que ofrece el Estado de Derecho.
Cuando empezaba mi profesión, trabajaba de pasante, mi Jefe, un abogado ya con bastantes años de experiencia, me dio un consejo profesional que nunca olvidaré: Dámaso: todos los pleitos pueden ganarse. Yo desde entonces siempre he trabajado con esa actitud. Es cierto que, en algunas ocasiones, los asuntos, a priori, parecen insalvables pero siempre intento dar lo máximo de mi capacidad y confiar en que se tenga suerte.
Nuestra especialización de derecho fiscal y experiencia acumulada por casi 20 años de trabajo, defendiendo “líos de impuestos” y “follones con Hacienda de todas clases” nos permite poder defender al cliente con un alto grado de garantías, precisamente porque, la mayoría de los asuntos que nos encomiendan los hemos llevado con anterioridad y conocemos bien la doctrina de los Tribunales Administrativos y Judiciales en los que frecuentemente tenemos que actuar.
Como siempre decimos: nuestro consejo es que si tiene un problema fiscal es que, con las armas que provee el Estado de Derecho, que se defienda. “DEFIÉNDASE”