Dámaso Roldán Abogados

SEGUNDA OPORTUNIDAD Y DEUDAS FISCALES

ATENCIÓN:

SI ESTÁS TOTALMENTE ARRUINADO POR DEUDAS FISCALES: SIGUE LEYENDO

 

LITIGACIÓN TOTAL CONTRA HACIENDA 100% LEGAL.

Un pleito puede ganarse en un momento u otro.

A veces al principio, pero también puedes ganarlo al final, cuando Hacienda comprende

QUE ERES UN DEUDOR INCOBRABLE.

No te garantizo que lo vaya a solucionar pero tenemos que verlo.

Soy un abogado que lucha contra Hacienda en todos su frentes. Practico la

abogado tributario
LITIGACIÓN TOTAL CONTRA HACIENDA 100% LEGAL

La LGT es clara en su artículo 173.1.b) lo dice claramente, el procedimiento de apremio termina “b) Con el acuerdo que declare el crédito total o parcialmente incobrable, una vez declarados fallidos todos los obligados al pago.

Y el articulo 76 de la LGT te da la clave final.

UNA VEZ DECLARADO FALLIDO LA DEUDA A LOS 4 AÑOS SE EXTINGUE

Así dice el artículo 76.1 LGT que:

 Las deudas tributarias que no hayan podido hacerse efectivas en los respectivos procedimientos de recaudación por insolvencia probada, total o parcial, de los obligados tributarios se darán de baja en cuentas en la cuantía procedente, mediante la declaración del crédito como incobrable, total o parcial, en tanto no se rehabiliten dentro del plazo de prescripción de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 173 de esta ley”.

 

HAY UN PROBLEMA

Esta realidad que mucha gente desconoce en realidad esconde un problema de fondo y que

HACIENDA SE RESISTE A DAR FALLIDOS A LOS DEUDORES PERSONAS FÍSICAS.

 

 

La realidad es que no hay un procedimiento establecido por el cual puedes exigirle a Hacienda te declare incobrable y, con esa excusa, nunca te dan de baja, a pesar de que es evidente de que es imposible que puedas pagar la deuda.

Llegado a este punto, como siempre digo:

 

HAY UN SOLUCIÓN LEGAL 100% PARA SOLUCIONAR TU PROBLEMA.

LUCHA EN LOS JUZGADOS PARA QUE TE CONSIDEREN INCOBRABLE

Y TE DEN DE BAJA.

LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD - DEUDAS FISCALES

Ante esta situación te propongo una hoja de ruta para que puedas alcanzar tu objetivo.

En primer lugar, aunque debas mucho dinero y no te vayan a exonerar de la mayor parte de la deuda pública que tengas:

                TE RECOMIENDO QUE PIDAS LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Una vez te hayas acogido a este beneficio ya tendrás tu justificante ante la sociedad y ante un Juzgado de que eres incobrable y pasado un tiempo, si no se ha dado un supuesto de interrupción de la precripción o consideran que vuelvas a ser solvente (en tanto no se rehabiliten dentro del plazo de prescripción).

PODRÁS RECLAMAR LA PRESCRIPCIÓN DE LA DEUDA

NOSOTROS TENEMOS LA EXPERIENCIA PARA LOGRARLO

25

Años de experiencia en distintos casos contra Hacienda

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Casos gestionados con la Administración Tributaria

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+ 95%

Resolución favorables de los casos contra la A.E.A.T

El balance después de todos estos años ha sido muy positivo presentando un porcentaje muy elevado de victorias, en algunos casos refiriéndose a  procedimientos de gran complejidad técnica, de elevada cuantía e incluso de transcendencia mediática.

 

PREGUNTAS FRECUENTES

 

¿LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD PUEDE CANCELAR MIS DEUDAS CON HACIENDA?

La respuesta es sí, pero no totalmente. De todas maneras, como ya te he indicado, si puedes acogerte a este beneficio te recomiendo que lo hagas. Así podrás justificar frente a la administración que eres incobrable.

¿CUÁNTO DINERO PUEDE PERDONARME HACIENDA REALMENTE?

La normativa actual establece que estas deudas únicamente pueden cancelarse de forma parcial. El límite es de hasta 10.000 € con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social.

Además, el cálculo de esta exoneración no es sencillo: los primeros 5.000 € se exoneran íntegramente y, sobre el importe restante, solo puede exonerarse el 50%, sin superar en ningún caso el máximo total de 10.000 € por cada organismo público acreedor.

CUÁNTO DINERO PUEDE PERDONARME HACIENDA - LEY DE SEGUNDAS OPORTUNIDADES

El artículo 489 de la Ley Concursal  determina lo siguiente:

“5.º Las deudas por créditos de Derecho público. No obstante, las deudas para cuya gestión recaudatoria resulte competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán exonerarse hasta el importe máximo de diez mil euros por deudor; para los primeros cinco mil euros de deuda la exoneración será integra, y a partir de esta cifra la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado.

Asimismo, las deudas por créditos en seguridad social podrán exonerarse por el mismo importe y en las mismas condiciones. El importe exonerado, hasta el citado límite, se aplicará en orden inverso al de prelación legalmente establecido en esta ley y, dentro de cada clase, en función de su antigüedad.”

HAY UN SOLUCIÓN LEGAL 100% PARA SOLUCIONAR TUS DEUDAS FISCALES

No obstante, tras las diversas controversias surgidas en torno a esta cuestión, el Tribunal Supremo, mediante varias sentencias dictadas en febrero de 2026, ha fijado doctrina sobre el alcance de la exoneración del crédito público, aclarando distintos aspectos relevantes.

En primer lugar, el Tribunal Supremo establece que el límite de 10.000 € se aplica individualmente a cada acreedor público. Esto significa que una persona podrá exonerar hasta 10.000 € frente a Hacienda y otros 10.000 € frente a la Seguridad Social.

En segundo lugar, el Alto Tribunal reconoce que los créditos públicos subordinados sí pueden exonerarse íntegramente.

¿LOS INTERESES Y RECARGOS SE PEUDEN EXONERAR?

Es muy importante que tengas en cuenta que los intereses y recargos de las deudas tributarias se pueden exonerar. Lo que, en muchos casos pueden derivar en importes muy grandes dado se trata de deudas vencidas de mucho tiempo atrás.

Dentro de estos créditos subordinados se incluyen determinados intereses de demora, recargos y sanciones.

Esta interpretación supone una mejora importante para muchos deudores, ya que una parte considerable de la deuda acumulada proviene precisamente de intereses y recargos generados con el paso del tiempo.

Asimismo, el Tribunal Supremo aclara que esta limitación no afecta únicamente a la Agencia Tributaria estatal y a la Seguridad Social, sino también a cualquier otra administración pública acreedora, como ayuntamientos, diputaciones o haciendas autonómicas.

En consecuencia, la situación actual permite cancelar parcialmente la deuda pública y exonerar íntegramente intereses, recargos y otros créditos subordinados, aunque sigue sin admitirse una cancelación total de todas las deudas frente a las administraciones pública

 

SEGUNDA OPORTUNIDAD Y DEUDAS CON HACIENDA

¿Hacienda te embarga todo y ya no ves salida?

 

Cada mes ocurre lo mismo:

  • te vacían la cuenta bancaria,
  • te embargan la nómina,
  • acumulas intereses y recargos,
  • y la deuda no deja de crecer.

Muchas personas viven durante años atrapadas en una situación imposible, creyendo que nunca podrán volver a empezar.

Pero en algunos casos sí existe una vía legal para frenar esta situación.

 

Ministerio de Hacienda
Damaso Roldan 7

¿Qué podemos hacer?

 

La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar parte de las deudas públicas y, además, puede convertirse en una herramienta clave para demostrar ante Hacienda que realmente eres un deudor insolvente e incobrable.

Aunque la deuda pública no puede eliminarse totalmente, actualmente sí es posible:

  • Exonerar hasta 10.000 € con Hacienda
  • Exonerar hasta 10.000 € con Seguridad Social
  • Cancelar intereses, recargos y determinadas sanciones
  • Paralizar situaciones de asfixia económica permanente

Las sentencias del Tribunal Supremo de 2026 han confirmado además que muchos intereses y recargos tributarios pueden exonerarse íntegramente.

 

EL PROBLEMA REAL

Hacienda rara vez reconoce voluntariamente que una persona física es incobrable. Por eso, en muchos casos, la única solución pasa por construir jurídicamente esa situación y defenderla ante los tribunales.

 

NUESTRA ESTRATEGIA

Analizamos tu caso para:

  • estudiar si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad,
  • reducir al máximo la deuda pública,
  • cancelar intereses y recargos,
  • y preparar una estrategia de defensa a largo plazo frente a Hacienda.

 

No podemos prometerte milagros. Pero sí podemos decirte algo: si existe una vía legal para ayudarte, vamos a buscarla.

 

Si llevas años perseguido por Hacienda y quieres saber si todavía existe una solución para tu caso, ponte en contacto con nosotros y estudiaremos tu situación de forma personalizada.

Opiniones de nuestros clientes

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Nuestro Despacho está especializado en este tipo de pleitos. Si tiene alguna duda le animamos a que se ponga en contacto con nosotros. Le informaremos sin compromiso de las alternativas que tiene.

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