1/2022 PENSIONES DE ALIMIENTOS Y CUSTODIAS COMPARTIDAS. REDUCCIONES EN EL IRPF.

Tengan en cuenta que en el caso de que usted tenga la  custodia compartida de sus hijos, si, a su vez, está pagando pensión de alimentos a su progenitor, no tiene derecho a simultanear la reducciones por descendientes a su cargo y la del pago de la pensión. Así, lo vienen ya estableciendo de forma reiterada la DGT y diversas sentencias. Así la DGT en consulta reciente ha dicho que “En el presente caso, dado que la consultante y el padre de su hijo tienen la guarda y custodia compartida respecto a su hijo menor, sí que ambos tienen derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, prorrateándose por partes iguales entre ambos progenitores, tal como ya se ha explicado con anterioridad, y, en consecuencia, ninguno de los dos tiene derecho en ningún caso a aplicarse la especialidad aplicable para el cálculo del Impuesto, establecida en los artículos 64 y 75 de la Ley del Impuesto (se refiere a la pensión de alimentos)”.

Conclusión: tenga cuidado.

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