Tal y como indicábamos hace unos días, el TS en Sentencia de 843/2018, de 23 de mayo de 2018 Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. n.º 4202/2017, ha resuelto que el método de comprobación de valores consistente en aplicar un coeficiente al valor catastral no es válido cuando se refiere a inmuebles.
Por su interés, puede consultar la sentencia pinchando aquí
Cabe destacar, ¡una vez más! la importantísima labor que hace la abogacía en España en defensa de los derechos del ciudadano. Nuevamente somos los abogados lo que con nuestro tesón y entusiasmo hemos sido capaces, luchando contra viento y marea, creando una Jurisprudencia, en acabar con abusos tales como las cláusulas suelo, productos bancarios tóxicos, hipotecas abusivas, paralización de desalojos, ahora las comprobaciones de valores, etc.
Como siempre decimos. ¡Defiéndase! con las armas que le provee el Estado de Derecho.